Organización e injusticia en Anchicayá Colombia: Un caso legal de justicia ambiental en una cuenca hidroeléctrica

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Marcela Velasco

El presente documento resume un trabajo más largo publicado en la revista Local Environment: The International Journal of Justice and Sustainability. Favor comunicarse con marvesco@hotmail.com si desea una copia del trabajo completo en Inglés.

 

Resumen del trabajo:
El documento analiza el primer caso legal de justicia ambiental en Colombia que implica una comunidad afrocolombiana y la Empresa de Energía del Pacífico (EPSA). Las comunidades ribereñas afrocolombianas obtuvieron reconocimiento político como grupo cultural gracias a sus prácticas de conservación en ambientes ribereños. El trabajo contrasta las complejidades del caso con la realidad vulnerable de los anchicagueños que viven en condiciones de pobreza, violencia, y aislamiento político. También describe las instituciones que enmarcan la gestión de cuencas hidrográficas, los derechos colectivos a la tierra y al autogobierno de los pueblos afrocolombianos, y los derechos de propiedad de las empresas energéticas, en el contexto de reformas de descentralización que aclararon diferentes tipos de derechos de propiedad y refundaron al país como una nación multicultural. El caso, sin embargo, demuestra que el gobierno no le ofrece la misma protección legal a los derechos colectivos que a los derechos privados, con el fin de privilegiar los derechos de los inversionistas. Al final, la jurisprudencia de la Corte Constitucional privilegió el conocimiento técnico y los derechos fundamentales de las empresas privadas, ignorando así los límites que afectan a las comunidades y sus intermediarios en el momento de ofrecer pruebas técnicas similares. Al hacerlo, el tribunal no sólo hizo caso omiso de los derechos constitucionales de los afrocolombianos, sino que optó por no resolver o mitigar un conflicto socio-ambiental.

Resumen de los principals resultados:
Las reformas de la década de los noventas descentralizaron la política y reconocieron diferentes derechos de propiedad y uso socioeconómico de la tierra. Los afrocolombianos de la costa del Pacífico fueron reconocidos como actores políticos organizados en instituciones tradicionales con derecho colectivo a la tierra. Por lo tanto, sus derechos étnicos representan también una demanda de justicia socioambiental y la aceptación formal por parte del gobierno de la multiculturalidad. Al mismo tiempo, las empresas hidroeléctricas fueron privatizadas, y sus funciones sociales pasaron de servirle al proceso de desarrollo del país, a generarles utilidades a accionistas privados.

No obstante, ni las reformas constitucionales ni las medidas específicas para manejar los recursos naturales lograron alterar las viejas formas de hacer política. El clientelismo y la corrupción están atrincheradas en la región. En el caso de Anchicayá, a excepción de unos pocos individuos que se desempeñan en el gobierno local, las entidades descentralizadas (es decir, la CVC y los gobiernos municipales) evaden a las autoridades tradicionales. Las investigaciones del gobierno y los informes periodísticos no sólo demuestran cómo instituciones como la CVC han sido utilizadas para la búsqueda de rentas o malversación de fondos, sino también subrayan las alianzas entre algunos políticos locales y grupos armados ilegales. La actual política gubernamental de consolidación territorial para contener a los grupos armados ilegales en “zonas rurales mal gobernadas”, tales como Buenaventura, han sencillamente llevado a una mayor militarización. Como se evidencia en Anchicayá, la militarización injuria a las personas de la región que esperaban una presencia civil del estado, pero que más bien están viendo cómo sus autoridades tradicionales siguen siendo ignoradas en decisiones con respecto a asuntos de seguridad o desarrollo.

Las vicisitudes legales del caso contra EPSA demuestran además que las instituciones de mediación y resolución de conflictos favorecen a las inversiones de energía al tiempo que socavan los derechos socio-ambientales de una minoría étnica. EPSA está siendo representada por uno grupo de abogados grande y la empresa hace parte de un sector estratégico de la economía. El crecimiento en el sector energético de Colombia (que incluye níquel, carbón, gas y electricidad) aumentó en un 48% en la última década, y la energía hidroeléctrica en particular, ha crecido en un 20 % entre 1975 y 2008 (Unión Temporal, 2010). El sector energético está sosteniendo la estabilidad fiscal y protegió la economía durante la crisis financiera de 2008 (Unión Temporal, 2010). Desde esta perspectiva, favorecer los derechos de comunidades débilmente organizadas podría afectar la confianza de los inversores si se motiva a otras comunidades a seguir el ejemplo de Anchicayá.

Es así como las cortes fueron utilizadas estratégicamente por actores influyentes para obviar sus responsabilidades o culpar a las víctimas. Pero al final, la decisión de la Corte Constitucional sobre la base de tecnicismos legales le dio un vuelco al caso e ignoró los derechos ambientales de una comunidad políticamente marginada. La corte desacreditó la calidad de la información que estas comunidades son razonablemente capaces de ofrecer, tales como sus historias orales, información etnográfica, o pruebas técnicas proporcionadas por la única persona que estuvo dispuesta a hacerlas. El tribunal basó su juicio en la defensa del derecho fundamental al debido proceso de la empresa hidroeléctrica, ignorando así las bases legales y técnicas utilizadas por otros tribunales que habían juzgado en favor de los derechos colectivos étnicos. En una declaración, el Consejo Comunitario del Río Anchicayá expresó: “Este fallo desprecia nuestros derechos fundamentales a la vida digna, a la salud, a un ambiente sano y demás derechos étnico territoriales vinculados a los anteriores. Además crea precedentes negativos de acceso a la justicia para otras comunidades afectadas por grandes empresas con la capacidad de distorsionar y entorpecer los procedimientos jurídicos que emprendan las personas y comunidades afectadas”.

Al aplicar conocimientos técnicos en exclusión de otras pruebas, la Corte Constitucional tampoco se pronunció en favor de la justicia socio-ambiental. Esto afianza la idea de que los conflictos sobre el agua – un bien social y material intrínsecamente conectado a derechos humanos fundamentales e inmerso en contextos históricos y socioculturales- debe ser politizado (Joy et al 2014). Por otra parte, en un entorno legal multicultural los expertos deben estudiar el tipo de información que una comunidad sometida a altos niveles de violencia estructural puede razonablemente ofrecerle como evidencia a un tribunal (Callewaert 2002). Esto es particularmente importante para proteger los derechos de los afrocolombianos y desarrollar las instituciones multiculturales. Estas comunidades contextualizan sus problemas actuales en un contexto histórico más amplio y justifican sus demandas colectivas con evidencia histórica (Khittel 2001). No tener en cuenta la información producida localmente le niega a las minorías étnicas igual protección ante la ley, y frustra los procesos de descentralización de la justicia y el desarrollo de la pluralidad jurídica.

En conclusión, aunque la gobernanza ambiental descentralizada y las instituciones de derechos étnicos habilitaron a las autoridades locales, la organización política en un ambiente político hostil de violencia y corrupción, abruma la participación. Además, si Colombia adaptó el multiculturalismo como principio político, los tribunales deben equilibrar cuidadosamente diferentes tipos de pruebas a la hora de decidir sobre los derechos fundamentales de pueblos históricamente marginados y discriminados (Song 2007). Algunos de los tribunales habían ya en efecto pronunciado a favor de las comunidades, pero vieron su jurisprudencia anulada por la Corte Constitucional.

Hacer caso omiso de las responsabilidades legales de las instituciones culpables no sólo elimina diferentes concepciones jurídicas de la tierra y de la organización local, sino que también produce una situación inconstitucional basada en la desvalorización del tiempo, los cuerpos, los conocimientos y la propiedad de la tierra de gente marginada, denegandole el acceso a la justicia a una minoría étnica.

Agradecimientos:
En primer lugar, deseo expresar un sincero respeto por el pueblo de Anchicayá, por todo lo que hacen para conservar, amar y luchar por la salud y vitalidad de su río. La investigación para este trabajo no hubiera sido posible sin el apoyo y la confianza otorgada a mí por Silvano Caicedo. También estoy agradecida con Jorge Segura, y la gente de ONUIRA y el Consejo Mayor del Río Anchicayá, quienes compartieron su tiempo para organizar reuniones y coordinar mi visita. También estoy en deuda con Efraín Jaramillo, Gloria Salinas y Fernando Castrillón, mis colegas, mentores y amigos en el Colectivo de Trabajo Jenzerá. Quiero agradecerle a Argermiro Baquiasa, un médico tradicional del consejo indígena de Karmata Rúa (Antioquia) quien viajó con nosotros como delegado de Karmata Rúa, y que con gracia compartió su experiencia de gobernabilidad con líderes en Anchicayá. Su visita brindó valor inmediato a nuestra visita. También quiero reconocer a Chiesié Salinas, estudiante de ecología en ese momento, por viajar conmigo para acompañar a una mujer investigadora en lo que normalmente es un mundo de hombres. El análisis presente le debe mucho a los pensamientos, puntos de vista y conocimientos compartidos por todas las personas con las que entré en contacto. Sin embargo, me hago responsable de la interpretaciones presentadas sobre la compleja realidad de Anchicayá.

Referencias:
Callewaert, J., 2002. The importance of local history for understanding and addressing environmental Injustice. Local Environment, 7 (3), 257–267.

Consejo Comunitario Río Anchicayá, 2012. ¿Hay justicia frente a los impactos en derechos humanos que generan las empresas? [en línea: http://www.colectivodeabogados.org/IMG/pdf/Comunicado_Anchicaya_final_ENVIADO__1_.pdf accedido el 17 diciembre 2014].

Isacson, A., 2012. Consolidating “Consolidation.” Colombia’s “Security and Development” zones await a Civilian Handoff, while Washington backs away from the concept. Washington, DC: Washington Office on Latin America.

Joy, K., et al., 2014. Re-politicising water governance: exploring water re-allocations in terms of justice. Local Environment: The International Journal of Justice and Sustainability, 19 (9), 954–973.

Khittel, S., 2001. Usos de la historia y la historiografı´a por parte de las ONG y OB de las comunidades negras en el Chocó. En: M. Pardo, ed. Acción colectiva, Estado y etnicidad en el Pacífico colombiano, Bogotá: Colciencias, ICAHN, 71–92.

Song, S., 2007. Justice, gender, and the politics of multiculturalism. Cambridge: Cambridge University Press.

Unión Temporal Universidad Nacional y Fundación Bariloche Política Energética, 2010. Análisis y revisión de los objetivos de política energética colombiana de largo plazo y actualizacio´n de sus estrategias de desarrollo. PEN 2010–2030. Informe Final. Bogotá: UPNE.

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