A propósito de las recientes revueltas indígenas en los Andes ¿Qué sucede con los derechos de los pueblos indígenas y afrocolombianos del Pacífico?

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Efraín Jaramillo Jaramillo/Colectivo de Trabajo Jenzera

De la situación en la que se encuentran los indígenas y afrocolombianos del Pacífico colombiano, después de todas las incursiones armadas en sus territorios, se colige que estos pueblos no recibieron la oportuna protección del Estado, como lo ordena la Constitución Política de Colombia y lo exhorta la Declaración Universal de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Ninguna institución del Estado y sólo una que otra organización social y de derechos humanos, se hizo eco de sus voces, como bien lo habían señalado Gonzalo Sánchez y María Emma Wills, de la Comisión de Memoria Histórica, en el prólogo a un texto sobre la masacre del río Naya:

“Frente a esta violencia desmesurada, ¿dónde estaban las instituciones llamadas a honrar la constitución de 1991? Unas trataron ciertamente de cumplir con su misión de protección, pero desde un lugar donde explícitamente aceptaban su propia derrota e incapacidad para detener la tragedia, que ya se cernía sobre la región; otras, como los batallones del ejército acantonados en la zona, sólo intervinieron en mayo de 2001, un mes después, ya consumada la masacre. A excepción de Guillermo Gaviria, en ese entonces Gobernador de Antioquia, otros funcionarios electos apenas se pronunciaron; y la opinión pública, en lugar de expresar en las calles su solidaridad y su repudio, calló.” ([1])

Colocados en circunstancias en que más les urgía que se reconociesen sus derechos humanos, porque era lo único que les quedaba, los afrocolombianos y los indígenas descubrieron que también eso les era esquivo, y que la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas era una proclamación “abstracta”, pensada para otros; un catálogo de ideas con buenas intenciones, pero sin ninguna consecuencia práctica para ellos.

Con el inconveniente adicional, de que sus organizaciones habían sido privadas de un espacio sociopolítico que hiciese válidas sus opiniones y efectivas sus acciones. Pareciera entonces que también habían perdido las verdaderas cualidades que hacen posible que otras colectividades las reconociesen como semejantes, de tener la potestad para opinar y para actuar. Señalaba Hannah Arendt, que la palabra, unida y acompañada por la acción, era la más alta cualidad que tiene el ser humano: es la capacidad de libertad por excelencia. La capacidad de poder emprender nuevos acontecimientos y explorar situaciones inéditas en un ambiente de pluralidad, es una condición inherente a la vida política y no meramente a la vida biológica del ser humano.

Si la palabra y la acción tienen lugar en el mundo, es natural entender que quien está siendo privado de ese mundo —del territorio, pertenencias, hogar, referencias culturales, etc.— y además de sus derechos a formar parte de una pluralidad que lo reconozca como uno de los suyos —ciudadanía, Patria —, está siendo también despojado de su humanidad, aquello que le permite a los demás reconocerlo como tal, pues conservaría sólo lo que la naturaleza le ha dado: su cuerpo desnudo y sus funciones biológicas; una condición en la que se encontraban, según Hannah Arendt, aquellos ‘apátridas’, que como ella, habían sido expropiados por el nazismo de su nacionalidad alemana y no tenían un lugar en ese entorno, constituido no sólo por la naturaleza, sino particularmente por la cultura, el patrimonio y la infraestructura que el pueblo judío había construido.

Lo original de este planteamiento de Hannah Arendt, es la relación de dependencia que se establece entre el hecho político y la posibilidad de tener realmente derechos: el “derecho a tener derechos”, decía. Los Derechos Humanos no se derivan de una supuesta naturaleza humana, en una palabra, no son abstractos, sino que dependen de la condición de pertenecer a una sociedad y ser ciudadanos de un Estado. Sólo en un sistema social que reconozca la pluralidad de su sociedad, pueden los indígenas y los afrocolombianos disfrutar de esos derechos.

A la luz de estas reflexiones, vemos la pertinencia del desarrollo de una política con fundamento étnico en el Pacífico, si estos dos pueblos quieren acceder realmente a la ciudadanía y al ejercicio del poder político, para realizarse plenamente como seres humanos. Pero además para que sus derechos se vean garantizados, no sólo en el sentido de que se vean beneficiados por instrumentos jurídicos y enunciados de derechos, sino para que sean verdaderamente sujetos de derechos, formuladores y creadores de leyes y declaraciones.

Y esto significa que los pueblos indígenas y afrocolombianos tengan instituciones para escapar del espacio privado que les ha asignado el sistema liberal, para excluirlos justamente del espacio público/político en el cual se toman las decisiones, se ejerce el poder y se discuten los asuntos de la vida política y social en sus regiones.

Matía Mulumba, Buenaventura, junio 2019

 


[1] El caso del Naya. Desarraigo territorial de poblaciones indígenas, campesinas y afrodescendientes, como un objetivo de guerra. Informe 2. IWGIA – 2008

 

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